
Tener una plantilla media (efectivos UTA) de entre 10 y 49 trabajadores. Disponer de una cifra de negocios no superior a 10 millones de euros. Estar dado de alta y contar con la antigüedad mínima por convocatoria. Este punto está sujeto a la aprobación de las bases reguladoras. No estar en situación de crisis. Tener todas las consideraciones relacionadas con tus obligaciones tributarias y la Seguridad Social en regla. No tener una situación de recuperación pendiente de la Comisión Europea. No superar el límite de ayudas de pequeña cuantía (Régimen de Mínimos). No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.
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